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9/9/11

España: Evangélicos llevan a los tribunales al Ayuntamiento de Salt por atentar contra la libertad religiosa

Viernes 09 de Septiembre del 2011

Ayuntamiento de Salt (Gironès) en Cataluña.

















BARCELONA, España (Europa Press, El Pais / Protestante Digital) El Consejo Evangélico de Cataluña (CEC) y la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE) presentaron ayer un recurso contencioso administrativo contra el Ayuntamiento de Salt (Gironès) por vulneración de derechos fundamentales. La comunidad evangélica cree que la decisión del alcalde Jaume Torramadé (Convergència i Unió, CiU) de suspender por un año la concesión de licencias para centros de culto en un polígono de la ciudad vulnera el derecho a la libertad religiosa.


"No tienen interés en solucionar la situación y nosotros hemos decidido no callar durante más tiempo", declaró Pablo Simarro, abogado y asesor legal de FEREDE y del CEC.

LA DENUNCIA

Según la demanda, presentada ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), esta resolución del Ayuntamiento supone "una clara y evidente vulneración de un derecho fundamental de las personas, concretamente el derecho a la libertad religiosa", previsto en la Constitución. Este derecho no protege únicamente el contenido ideológico -creer libremente en la religión que uno prefiera-, sino que se extiende a todas las manifestaciones de culto religioso.

Consideran que la resolución de Salt no ofrece un fundamento jurídico suficiente que justifique "la grave limitación" a las manifestaciones de culto religioso, ya que se justifica en el hecho de que es preciso generar actividad económica en el municipio.

"La actividad empresarial y económica dentro del municipio para nada es impeditiva de la implantación de centros de culto en el mismo polígono industrial, pues en nada se estorban mutuamente", reza la demanda.

Consejo Evangélico de Cataluña.
Pablo Simarro, asesor legal del Consejo Evangélico de Cataluña.

El Consejo Evangélico de Cataluña (CEC) y la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE) piden que como medida cautelar se suspenda el acto administrativo del Ayuntamiento, ya que, en caso de la decisión final del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) revocara la suspensión, las entidades que tienen solicitadas las licencias para abrir centros de culto en el polígono industrial de Torre Minora (Salt) habrían sufrido un grave perjuicio.

HISTORIA DE UN SINSENTIDO

La iglesia evangélica Holy Ghost Ministery International solicitó el pasado 8 de agosto una licencia al Ayuntamiento de Salt para abrir un centro de culto en el polígono de Torremirona, el lugar reservado por la anterior alcaldesa socialista, Iolanda Pineda, para que las distintas confesiones pudieran celebrar sus liturgias en cumplimiento con la Ley de Centros de Culto de la Generalitat.

Pocos días después, el nuevo alcalde decidió suspender las licencias por un año para evaluar "si los centros de culto pueden perjudicar la actividad económica del polígono". Este argumento que no convence a los evangélicos. "No se pueden suspender licencias en genérico. Es aleatorio y arbitrario", arguye Simarro. La comunidad evangélica recuerda que el artículo 16 de la Constitución reconoce el derecho a la libertad religiosa y a ejercer "sus manifestaciones", lo que no es posible si no se cuenta con un lugar par hacerlo, alegan.

La Holy Ghost Ministery International tiene alquilado un local de 200 metros cuadrados en el polígono desde marzo pasado e incluso ha efectuado obras para adecuarlo a la actividad religiosa. Por ello, además del recurso contencioso, la Iglesia presentará hoy un recurso de reposición ante el Ayuntamiento de Salt para pedir una licencia provisional que desbloquee el conflicto.

Simarro no tiene muchas esperanzas de que el Consistorio responda de forma positiva porque incurriría en "discriminación" contra las otras confesiones. En ese mismo polígono sí podrán construir una mezquita dos entidades marroquíes que obtuvieron el certificado de compatibilidad urbanística en marzo y, por tanto, se libran de la suspensión temporal. Tienen hasta el día 23 de este mes para presentar el proyecto y, si no lo hacen, perderán el derecho a levantar el templo.

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